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Convivir con mascotas en comunidades de vecinos ¿Se podría prohibir a un vecino la tenencia de mascotas en casa?

Debemos comenzar este post dejando claro que un perro educado no tiene por qué resultar una fuente de conflictos. Sin embargo, algunas tenencias de mascotas causan molestias a los vecinos (por ejemplo, los ladridos de perros, ruidos de otros animales, excrementos en zonas comunes, etc) es un asunto que ocurre con cierta frecuencia en las Comunidades de propietarios.

La Ley de Propiedad Horizontal, evidentemente, no regula la tenencia de mascotas que causan molestias a los vecinos del inmueble de manera específica, pero sí tiene su encaje en los límites señalados en el artículo 7.2 LPH. En este precepto se establece que al propietario y ocupante del piso no le está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

Existen sentencias que han tratado este tema y argumentan jurídicamente la condena de ladridos, ruidos, molestias, excrementos, malos olores, etc., que ocasionados por la tenencia de mascotas en comunidades de propietarios constituye una actividad prohibida por molesta que debe cesar en aplicación de lo establecido en el citado precepto.

mascotas en comunidad de vecinos

¿En qué consiste la acción de cesación de actividades molestas?

Como su nombre indica, consiste en obligar al propietario u ocupante a que cese en dicha actividad. Se tendrán que seguir los pasos legalmente establecidos para poner la denuncia y que un juez dictamine sentencia.

A modo de reseña señalamos entre otras sentencias que han obligado al propietario para que cese la actividad de tener perros que causan molestias a los vecinos de la comunidad por ladridos y malos olores, las siguientes: sentencia de 16 enero 2013 de la AP Valencia (Sección 7ª); sentencia 16 diciembre 2008 de la AP Barcelona (Sección 4ª); sentencia de 25 noviembre 2003 de la AP Madrid (Sección 11ª), etc.

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