¿Qué debo solicitar a la Comunidad cuando vendo o compro mi propiedad?

A la hora de vender o comprar nuestra propiedad tendremos que realizar muchos tramites, entre ellos (si esta se encuentra dentro de una Comunidad de Propietarios), está el de solicitar el Certificado de deudas (de estar al corriente de los pagos) a tu administrador de fincas o presidente de la comunidad. Este certificado será necesario (como señala la LPH) para el otorgamiento del documento público. No obstante también existe la posibilidad de inscripción de la compraventa en la que no se incorpora la certificación de la Comunidad de Propietarios de estar al corriente de los pagos, cuando la compradora lo acepta y exonera al vendedor. Es decir si estas leyendo este articulo porque vas a comprar una vivienda te recomendamos que siempre pidas dicho certificado para evitar posteriores sustos.

El art. 9.1 e) LPH establece: “En el instrumento público mediante el que se transmita, por cualquier título, la vivienda o local el transmitente, deberá declarar hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios o expresar los que adeude. El transmitente deberá aportar en este momento certificación sobre el estado de deudas con la comunidad coincidente con su declaración, sin la cual no podrá autorizarse el otorgamiento del documento público, salvo que fuese expresamente exonerado de esta obligación por el adquirente. La certificación será emitida en el plazo máximo de siete días naturales desde su solicitud por quien ejerza las funciones de secretario, con el visto bueno del presidente, quienes responderán, en caso de culpa o negligencia, de la exactitud de los datos consignados en la misma y de los perjuicios causados por el retraso en su emisión”.

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¿Que debe contener ese documento?

En principio es suficiente que consten las deudas existentes en el momento de la venta, sin que sea necesario manifestar aquellas derramas ya aprobadas y que se pasarán al cobro después de la transmisión. Del citado precepto legal no se desprende otra cosa que la obligación de indicar, únicamente, los recibos impagados en ese momento determinado, sin dar mayor información.

Pero ojo, no es obligatorio que el documento aparezcan las posibles derramas que se vayan a girar, aunque ya hayan sido aprobadas o cualquier otra regularización de saldos, siempre es recomendable que el comprador se interese por estas situaciones, pues será él quién deba asumir estos gastos, ya que se han girado con posterioridad a la venta. Por ello te sugerimos que te informes con el administrador de fincas de la propiedad que tengas pensado adquirir.

Lo dicho sobre todo en el caso de ser usted el comprador, nuestra recomendación es que se interese por el estado de la finca donde se encuentra el inmueble que va a adquirir, y, si es posible, solicite esta información adicional al administrador de fincas, que es quien le podrá indicar.

Puede consultar nuestra sección de servicios si tiene alguna duda o interés: funciones del administrador de fincas, alquiler garantizado, financiación, seguros, asesoramiento propiedad horizontal, …

reducir gastos en una Comunidad de Propietarios

Cómo reducir gastos en una Comunidad de Propietarios

Existen distintas maneras de obtener beneficios económicos en una Comunidad de Propietarios para poder hacer frente a los gastos de la misma, aunque cualquier situación requiere de un estudio previo y profesional , en este artículo nombraremos algunas de las opciones.

Alquilar o vender zonas o elementos comunes. Para ello se necesita el voto a favor de 3/5 partes de los propietarios, según la Ley de Propiedad Horizontal: es probable que la comunidad disponga de plazas de garaje sin ocupar, vivienda o espacio para portería, locales comunitarios, espacios para colocar publicidad (fachada), azoteas para antenas de telefonía móvil,
instalación de placas fotovoltaicas, …

 

reducir gastos en una Comunidad de Propietarios

Además de las opciones planteadas para generar ingresos otra de las opciones que tenemos es la de reducir los gastos actuales.

¿Cómo reducir gastos en una Comunidad de Propietarios?

Algunas de estas medidas pueden suponer un ahorro de los gastos de la Comunidad:

Hoy en día, una de la opciones es trabajar en la reducción de gastos energéticos:
Renovar la iluminación, instalando bombillas de bajo consumo y LED.
Revisar la contratación eléctrica, solicitando presupuestos a las diferentes empresas de suministro eléctrico y así contratar el más beneficioso para la Comunidad.
Regular y realizar el mantenimiento de la calefacción, aire acondicionado y agua caliente.
Usar correctamente los ascensores. Realizar un buen mantenimiento de los mismos puede ayudar a disminuir los gastos, por ejemplo, instalando baterías de condensación.
Revisar el aislamiento del edificio (ventanas, puertas…).

Además se pueden estudiar otras opciones como podrían ser:
Revisar el seguro de la Comunidad. Solicitar presupuestos a las diferentes compañías de seguros y así contratar el más beneficioso para la Comunidad.
Gestionar continuamente los morosos.
Controlar el agua para el riego de jardines. Utilizar sistemas de riego por goteo o de agua de lluvia acumulada puede ayudar a reducir el consumo de agua.
Solicitar ayudas económicas para la realización de determinadas obras.

Para estar bien informados y asesorados en todos estos aspectos es importante la contratación de un Administrador de Fincas Profesional que nos ayude a obtener la mejor relación calidad-precio en los servicios y suministros contratados.

En Communitas procuramos que nuestro personal este altamente cualificado para desempeñar con éxito cada una de las funciones que tienen asignadas y así poder asegurar la satisfacción total a nuestros clientes.

En este enlace puede consultar nuestros servicios.

Nuestro método de trabajo se basa en realizar todo lo que sea necesario para mejorar su comunidad, intentando reducir los gastos, optimizando los fondos y recuperando todo el dinero que se encuentra pendiente debido a la morosidad.

Commnitas, Administradores de fincas

Cámaras de Vigilancia en una Comunidad

Instalación de Cámaras de Vigilancia en una Comunidad

Este tipo de instalaciones y servicios de seguridad son cada día mas demandados debido a los reiterados robos y delitos contra la propiedad, pero la Comunidad debe conocer que tipo de instalaciones y seguridad son los mas adecuados, así como aspectos del derecho administrativo que regulan dichas instalaciones. Se debe compatibilizar siempre seguridad y vigilancia con los derechos fundamentales, particularmente con el derecho a la protección de datos y el derecho a la propia imagen.

Según el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal la instalación de Cámaras de Vigilancia en comunidades de vecinos requiere el voto a favor de las 3/5 partes de los propietarios. En caso de alcanzarse el quórum, todos los propietarios de la Comunidad están obligados al pago de los gastos de la instalación de las Cámaras de Vigilancia.

Según el Tribunal Institucional, la captación de una imagen en zona pública cuando además ésta es accesoria no infringe los derechos constitucionales a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Se violaría el derecho a la imagen si un propietario instala cámaras de seguridad propias que afectan en la grabación al resto de vecinos y sin pedir autorización a la Comunidad.

Ante la instalación de Cámaras de Vigilancia debe analizarse previamente con detalle cuál es el fin perseguido y si puede obtenerse el mismo por otras vías. Consulta con tu administrador de fincas para que cumpla con los requisitos que dicta el Tribunal Supremo (Juicio de Idoneidad, necesidad y proporcionalidad).

Cámaras de Vigilancia en una Comunidad

¿Cuanto tiempo debe conservarse las imágenes de un sistema de videovigilancia?.

Según la normativa de la LOPD, las imágenes de un grabador de un sistema de seguridad privada no deberán superar los 30 días de antigüedad.

El tiempo máximo de grabación deberá ser el mínimo necesario, de tal forma que si la utilidad del sistema se cubre con una grabación de 1 semana no deberá agotarse el límite de los 30 días.

Solo deben guardarse las imágenes de un sistema de videovigilancia más tiempo que el habitual de conservación en el disco duro (menos de 30 días), cuando algún suceso aconseje aportar la imagen como prueba o cuando algún afectado (persona grabada) haya ejercitado sus derechos frente al titular del fichero, pero no será necesario guardar indefinidamente las imagenes cuando nada haya sucedido.

Cómo actuar ante un vecino moroso

Antes de acometer acciones judiciales, la junta general de propietarios debería acudir a la vía amistosa. Aunque se puede hablar con el vecino moroso personalmente, los expertos recomiendan enviar una carta recordándole las deudas que tiene con el resto de la comunidad. De esta forma queda constancia de las reclamaciones que se han hecho y que pueden ser solicitadas en un juicio.

Si el propietario sigue sin pagar después de haber acudido a la vía amistosa, la segunda opción es iniciar un procedimiento monitorio. Esta actuación consiste en el apercibimiento al vecino por vía judicial. No necesitas abogado ni procurador.

Es obligatorio, eso sí, el acuerdo de la comunidad de vecinos. Para ello hay que convocar una junta de propietarios en la que figure como orden del día. Por ejemplo: «Inicio de acciones judiciales contra propietarios morosos». Este trámite es necesario para que el vecino no pueda alegar indefensión.
En la reunión de la junta, los propietarios deben adoptar un acuerdo de liquidación de deuda, regulado en la Ley de Propiedad Horizontal.

Administracion-de-fincas

El juez requerirá en plazo de 20 días la contestación del propietario. Pueden producirse dos situaciones:
– Que el propietario pague la cuantía que debe.
– Que el propietario no esté conforme y se oponga a pagar.
En el segundo caso, la comunidad de propietarios puede continuar su reclamación interponiendo un proceso ordinario por razón de la cuantía.

Una vez iniciada la reclamación por vía judicial, el juez puede condenar a la comunidad de vecinos por no demostrar debidamente las acusaciones o bien condenar al propietario. En este caso, le reclamará la devolución del dinero que debe y puede incluso embargar sus cuentas y bienes.

Communitas, administrador de fincas

¿Quién debe pagar el arreglo de la terraza del ático que hace de cubierta pero es privado?

Tanto las terrazas como las cubiertas tienen la consideración de elementos comunes del edificio. Estos elementos no dejan de ser comunes por el hecho de que un propietario tenga atribuido su uso privativo por la ubicación de su vivienda, aunque su mantenimiento ordinario si le corresponda por hace uso de la misma. Para saber cuál es el origen de las humedades, es necesario el informe de un técnico.

Si las filtraciones son causadas por un problema en la capa de impermeabilización o tela asfáltica, le corresponderá la reparación a la comunidad de propietarios como obras de conservación y mantenimiento del edificio, salvo que en los estatutos se indicara otra circunstancia. Pero si las humedades han surgido por un mal uso o mantenimiento del suelo de la terraza, el propietario del ático deberá costear las reparaciones necesarias.

¿Quién decide cuánto tengo que pagar en la comunidad?

Las cuotas de participación se fijan en los estatutos. Y todos los miembros de la comunidad de propietarios están obligados a participar en los gastos comunes de mantenimiento de los servicios generales de dicha comunidad.

Excepcionalmente pueden aprobarse reglas de reparto específicas para determinados gastos, como el ascensor o determinadas obras. Los gastos pueden ser los ordinarios y los que contribuyen al fondo de reserva obligatorio, y los extraordinarios, para obras o necesidades concretas que se hayan acordado.

Conflictos en comunidades de vecinos

El 66,5% de españoles reside en viviendas en altura, según los últimos datos de Eurostat, la oficina de estadística comunitaria, correspondientes a 2014. O lo que es lo mismo, la mayoría de propietarios (a los que hay que sumar los dueños de chalés que comparten urbanización) cohabita en comunidades de vecinos, donde la convivencia no suele ser nada fácil. Los conflictos entre vecinos están a la orden del día pese a haber una exhaustiva normativa sobre estos desencuentros: la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Los motivos de los encontronazos entre compañeros de escalera (o urbanización) pueden ser muchos, pero hay seis focos de conflictividad que copan gran parte de las rencillas, según el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid): la morosidad, los ruidos, las reformas, las obras comunitarias, las humedades y el uso de las zonas comunes. La gestión y resolución de estas tensiones suelen pasar primero por la puerta del presidente de la comunidad, después por la junta de vecinos (con la entrada en escena del administrador de la finca, actor reconocido por ley, pero no obligatorio) y, en última instancia, pueden llegar incluso a las manos de un juez.

Manuela Julia Martínez Torres, presidenta del CAFMadrid, ensalza, en este sentido, la labor del administrador, como un «profesional formado en materia de mediación y oratoria que puede ayudar a mejorar y facilitar la convivencia, destacando por las habilidades en la gestión de conflictos, la mediación y hasta el coaching». Por ello, y teniendo en cuenta que «la ley que regula la mediación en asuntos civiles es relativamente reciente», recuerda que el administrador desarrolla la mediación desde siempre sin ser un juez ni árbitro -«no impone soluciones»-, siendo capaz de «reconducir los problemas y ayudando a encontrar un camino beneficioso para todos».

De este modo, desde el CAFMadrid se estima que la mayoría de disputas en las comunidades de propietarios, en torno al 80%, puede dilucidarse a través de la alternativa de la mediación.

Fuente: El Mundo