¿En qué zonas de la comunidad no se puede fumar?

Son bastante comunes los conflictos entre vecinos por saber en que zonas comunes esta permitido o no fumar, sobre todo debido a las molestias que causa a los demás. Entonces, ¿donde se puede fumar en una comunidad de vecinos?

Desde que entro en vigor la conocida como Ley Antitabaco establece la prohibición de fumar en los espacios cerrados de uso colectivo, tales como el portal, escalera, ascensor, etc. No obstante, permite fumar en zonas al aire libre, como piscinas, instalaciones deportivas, parques, siempre y cuando estos últimos no sean recintos habilitados para parques infantiles y áreas o zonas de juegos para los niños.

La comunidad podrá echar mano de la Ley de Propiedad Horizontal y considerar la acción de fumar en el recinto cerrado del edificio como una actividad prohibida, con las consecuencias que esto le puede acarrear.

fumar en comunidades

Por otra parte se indica que no se podrá fumar por decisión del titular, que en el caso de las Comunidades de Propietarios será por acuerdo de mayoría simple de la Junta de Propietarios, en caso de duda. «s) Cualquier otro lugar en el que, por mandato de esta Ley o de otra norma o por decisión de su titular, se prohíba fumar». Es decir, la  Junta de Propietarios con el mismo tipo de acuerdo podrá prohibir fumar en los espacios abiertos comunitarios, tales como zona de jardines con parques infantiles y piscina.

Desde COMMUNITAS siempre recomendamos el diálogo y el respeto por el resto de nuestros vecinos, ya que nos guste o no, debemos convivir con ellos. Siempre será mejor llegar a un acuerdo que tener un enfrentamiento o malos entendidos. 

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