¿Los propietarios tienen derecho a tener una llave de contadores y de la terraza comunitaria?

En todas las comunidades se establecen una serie de medidas y normas que regulan la convivencia y el uso de las zonas comunes, por lo que es normal que en muchas ocasiones surjan dudas sobre ciertos temas. Uno de estos temas que suele preocupar a muchos propietarios es el que concierne al acceso a los contadores de electricidad y agua.

Son muchos los casos que pueden darse para que necesitemos entrar a revisar los contadores en nuestra comunidad, como por ejemplo ante un corte de luz.
Es habitual que el acceso a estos contadores se encuentre cerrado y sea necesaria una llave para acceder a ellos. Aunque si es posible dar con alguna comunidad donde no sea así, habitualmente suelen tener acceso determinados trabajadores por si hubiera que realizar algún tipo de obra de mejora o mantenimiento en los mismos.

Y aquí surge el dilema para muchos de nosotros; si quiero ver mis contadores de agua o de luz, ¿tengo derecho a tener una copia de las llaves de los mismos para poder acceder a ellos cuando considere oportuno?

Bien, a pesar de que no se puedan tener copias de dichas llaves, si es necesario que el acceso a los contadores esté garantizado en todo momento para los propietarios, pudiendo acceder a ellos cuando necesiten realizar alguna consulta o gestión en los mismos.

Aunque la llave esté en posesión de alguno de los trabajadores (conserje, jardinero, etc) o en manos del presidente de la comunidad o cualquier otro propietario, debe estar siempre disponible para poder entrar sin la necesidad de tener que esperar a un trabajador.

¿Qué personas pueden manipular los contadores en una Comunidad?

Si hablamos de manipular los contadores o realizar cualquier tipo de trabajo en estas instalaciones, en este caso si que debe de ser personal cualificado el que se encargue de la realización de los mismos, que esté cualificado y se encuentre con todos los permisos y licencias necesarias para realizar estos trabajos.

¿Y qué ocurre con las llaves de la terraza comunitaria?

Al igual que sucede con otras zonas comunes, la terraza es un elemento común y como tal, la llave tiene que estar en posesión del presidente de la comunidad o el representante de la misma por motivos de seguridad.

Aunque los últimos pisos pudieran solicitar una copia de la llave por temas vinculados con la seguridad,

legalmente no tienen derecho a poseerla.
En conclusión, en este tema la comunidad puede decidir si acceder a suministrar una copia a los últimos pisos que lo soliciten o bien que quede exclusivamente en manos del presidente.

¿En qué zonas de la comunidad no se puede fumar?

Son bastante comunes los conflictos entre vecinos por saber en que zonas comunes esta permitido o no fumar, sobre todo debido a las molestias que causa a los demás. Entonces, ¿donde se puede fumar en una comunidad de vecinos?

Desde que entro en vigor la conocida como Ley Antitabaco establece la prohibición de fumar en los espacios cerrados de uso colectivo, tales como el portal, escalera, ascensor, etc. No obstante, permite fumar en zonas al aire libre, como piscinas, instalaciones deportivas, parques, siempre y cuando estos últimos no sean recintos habilitados para parques infantiles y áreas o zonas de juegos para los niños.

La comunidad podrá echar mano de la Ley de Propiedad Horizontal y considerar la acción de fumar en el recinto cerrado del edificio como una actividad prohibida, con las consecuencias que esto le puede acarrear.

fumar en comunidades

Por otra parte se indica que no se podrá fumar por decisión del titular, que en el caso de las Comunidades de Propietarios será por acuerdo de mayoría simple de la Junta de Propietarios, en caso de duda. «s) Cualquier otro lugar en el que, por mandato de esta Ley o de otra norma o por decisión de su titular, se prohíba fumar». Es decir, la  Junta de Propietarios con el mismo tipo de acuerdo podrá prohibir fumar en los espacios abiertos comunitarios, tales como zona de jardines con parques infantiles y piscina.

Desde COMMUNITAS siempre recomendamos el diálogo y el respeto por el resto de nuestros vecinos, ya que nos guste o no, debemos convivir con ellos. Siempre será mejor llegar a un acuerdo que tener un enfrentamiento o malos entendidos. 

Puedes ponerte en contacto con COMMUNITAS administrador de fincas en nuestro teléfono 956 09 77 77 

Comunidad de vecinos

¿Se ha roto un bajante? ¿Es responsable la comunidad de propietarios?

Hay que tener claro que un bajante de un edificio es un elemento común y por tanto la Comunidad de propietarios es la responsable de su mantenimiento y de reparar todos los daños que cause a vecinos, locales o terceros afectados e incluso indemnizar si se han producido otros daños colaterales.

¿Como actuaremos si se produce una avería y sospechamos que ha sido producida por el bajante? Pues lo primero y más importante es que un perito determine el origen de la avería y los daños producidos en la vivienda/local, para poder determinar si se ha producido por un elemento común, como podría ser el caso de un bajante, o por algún elemento particular, como podrían ser tuberías de agua propias de la vivienda.

Comunidad de vecinos

Suponiendo que el perito confirme que la avería es de un bajante (que es el caso que nos ocupa), nos deberemos poner en contacto con el presidente de nuestra comunidad o en su caso con el administrador/a de fincas, para que den parte al seguro de la comunidad. En este caso la comunidad de vecinos, o en su caso el seguro, es el que debe hacerse cargo de la reparación de la avería, restauración de los daños producidos por la misma e indemnizaciones si fuese necesario.

Recuerda que en Communitas, además de todos los servicios relaciones con administrador de fincas también ofrecemos servicios inmobiliarios convirtiéndonos en una nueva inmobiliaria en Algeciras, no dudes en contactarnos para cualquiera de estos servicios.

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¿Cómo saber si tu potencia de electricidad contratada es la adecuada?

Cuando pagas una factura de electricidad realmente pagas dos conceptos diferentes, por un lado esta la parte variable que es el consumo de electricidad realizado, y por otra, la parte fija o potencia eléctrica contratada. La potencia es lo que tienes que pagar cada mes, utilices o no la electricidad.

Podríamos decir que la potencia contratada es la potencia máxima que puede consumirse al mismo tiempo en una vivienda. Ya que la potencia contratada afecta directamente al gasto lo mas recomendable es hacer una estimación de la que realmente necesitas.

Para hacer esta aproximación hay que tener en cuenta las circunstancias específicas de tu domicilio: cuantos electrodomésticos y aparatos eléctricos tienes y cómo los utilizas, y también de cuántas personas vivís en la casa.

Potencia-Contratada

Lógicamente cuantas más personas es lógico es que a horas punta queráis enchufar varios aparatos al mismo tiempo, y si estos son de un alto consumo energético, necesitareis una potencia más alta.

A modo de estimación, suma la potencia de todos los electrodomésticos de mayor potencia (horno, microondas, calefactores eléctricos, secadores de pelo, freidoras, calentadores de agua, planchas, aspiradores, etc.) de tu casa, y a esa cantidad súmale 1kW de iluminación y otros pequeños aparatos.

El resultado divídelo por 3 ya que no todos los aparatos están encendidos a la vez. El resultante de esa operación debe ser mayor que la potencia del electrodoméstico con mayor potencia.

Este que explicamos es un método casero y aproximado pero puede resultar un aproximado a la potencia que necesitas.

Es muy importante que revises los tramos de potencia que puedes contratar en tu compañía eléctrica y los precios para poder estimar bien si necesitas o no una modificación.

Communitas, Administrador de Fincas